Modernización tributaria

Las obligaciones tributarias existen para todos los contribuyentes. Tanto los pequeños negocios como los grandes deben atenerse a consecuencias y obligaciones para mantenerse funcionando correctamente y sin problemas. Y con la ley de modernización tributaria encima debemos ser cuidadosos como pymes. En esta entrada te platicaremos para que estés alerta si estás recibiendo pagos electrónicos y no los has declarado. Comencemos.

La nueva modernización tributaria, Ley 21.210, señala que dará inicio a un proceso de fortalecimiento tecnológico y poder mejorar los mecanismos de fiscalización de los contribuyentes. 

La Ley N° 21.210, del 24 de febrero de 2020, estableció que determinados servicios remotos remunerados prestados por contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile para ser utilizados en territorio nacional por personas naturales o jurídicas no contribuyentes de IVA deben pagar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a partir del 1 de julio de 2020. El objetivo de esta medida es controlar y monitorear la correcta declaración y pago del IVASD (IVA de los servicios digitales) por parte de los contribuyentes obligados e identificar a los contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile que prestan aquellos servicios gravados y que no están cumpliendo con su obligación de declarar y pagar el IVASD.

Además, la Ley N° 21.210 que Moderniza la Legislación Tributaria, estableció la obligatoriedad de la boleta de ventas y servicios en formato electrónico y, a su vez, la Ley N° 21.256 que Establece Medidas Tributarias para la Reactivación Económica. Modificando los plazos de entrada en vigencia de la obligatoriedad al 1 de enero de 2021 para contribuyentes inscritos en factura electrónica, y al 1 de marzo de 2021 para los contribuyentes que no tienen tal calidad. Está también establece beneficios para trabajadores independientes. Indicando la obligatoriedad de la boleta de honorarios en formato electrónico a contar del 1 de enero de 2021 para todos los emisores de boleta de honorarios electrónica (BHE). Para los contribuyentes que no han emitido BHE, inicia a contar del 1 de julio de 2021. 

Como negocios tenemos la obligación para Transbank de enviar toda la información de ventas realizadas por medios electrónicos al SII. Sin perjuicio de lo que esté pasando en otras pasarelas de pago, como lo son Pago Fácil, Mercado Pago, etc. Estas también tendrán el día de mañana la obligación de informar sus transacciones. Así, aunque el contribuyente no se encuentre formalizado, tendrá que dar cuenta al SII de esas ventas.

Esta ley busca asegurar el cumplimiento tributario, tendiente a disminuir la evasión, implementando la obligatoriedad del uso de la Boleta Electrónica y Boleta de Honorarios Electrónica. Diseñando servicios que mejoren la experiencia de los contribuyentes y faciliten su cumplimiento tributario, verificando el correcto cumplimiento en las declaraciones de impuestos. Además, se deberá generar una comunicación oportuna con los contribuyentes que tengan comportamientos irregulares en la emisión de Boletas de Ventas y Servicios y de Honorarios respectivamente. 

En 2022 se realizó una respuesta con respecto a la ley, estableciendo que la Ley de Modernización Tributaria define tres nuevos regímenes tributarios:

  • Régimen Pro Pyme General
  • Régimen Pro Pyme Transparente
  • Régimen General (Semi Integrado)

Si ya tienes un negocio funcionando, entonces debes tener preocupación de tener los documentos de venta, es decir facturas y boletas para no tener inconvenientes. Recuerda que siempre debes entregar tu boleta en caso de ser cliente final y factura en caso de que tu cliente sea una empresa.

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